Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-REC-0412-2018), 13-06-2018

Número de expedienteSUP-REC-0412-2018
Fecha13 Junio 2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoRecurso de reconsideración
SUP-REC-412/2018

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

EXPEDIENTE: SUP-REC-412/2018

RECURRENTE: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN MONTERREY, NUEVO LEÓN

MAGISTRADA PONENTE: MÓNICA ARALÍ SOTO FREGOSO

SECRETARIO: JUAN MANUEL ARREOLA ZAVALA

COLABORÓ: MARCO ANTONIO ZEPEDA ROJAS

Ciudad de México, a trece de junio de dos mil dieciocho.

En el recurso de reconsideración indicado al rubro, la Sala Superior resuelve DESECHAR de plano la demanda interpuesta por el representante del Partido Acción Nacional ante el Consejo local del Instituto Nacional Electoral en Tamaulipas, contra la sentencia dictada en el expediente SM-RAP-62/2018 y acumulados, por la Sala Regional responsable.

ANTECEDENTES.

1.1 Solicitudes para realizar un debate. El tres de abril y el tres de mayo pasados, el PAN y el PRI presentaron respectivamente, escritos para solicitar al Consejo local la celebración de un debate.

1.2 Circular INE/TAM/CL/003/2018. El once de mayo pasado, el Consejo local emitió una circular, haciendo del conocimiento de los representantes de los partidos políticos ante dicho órgano, el interés por realizar un debate entre los candidatos aspirantes al Senado de la República, y convocó a una reunión de trabajo que se realizaría el quince de mayo a las diecisiete horas.

2. Recursos de apelación ante la Sala Regional Monterrey. El diecinueve de mayo pasado, inconforme con la determinación emitida por el Consejo local, en relación con las reuniones de trabajo, el PAN controvirtió cada uno de ellos, registrados en el bajo los números SM-RAP-62/2018 y SM-RAP-63/2018.

2.1 Desistimiento del SM-RAP-63/2018. El veinte de mayo siguiente, el PAN por conducto de su representante propietario ante el Consejo local, presentó escrito de desistimiento de la demanda presentada en contra de la Minuta de la Reunión de Trabajo celebrada el dieciséis de mayo pasado.

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3. Sentencia impugnada. El treinta de mayo pasado, la Sala Responsable resolvió el expediente SM-RAP-62/2018 y acumulados, en los términos siguientes:

RESOLUTIVOS

PRIMERO. Se acumulan los expedientes SM-RAP-63/2018, SM-RAP-64/2018 y SM-RAP-65/2018 al diverso SM-RAP-62/2018. En consecuencia, glósese copia certificada de los puntos resolutivos de la presente sentencia a los autos de los asuntos acumulados.

SEGUNDO. Se tiene por no presentada la demanda del recurso SM-RAP-63/2018.

TERCERO. Se confirma la legalidad de la actuación del Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en Tamaulipas al emitir las minutas de trabajo impugnadas.

4. Recurso de reconsideración. En contra de la resolución anterior, el dos de junio pasado, el recurrente interpuso recurso de reconsideración ante la Sala Regional Responsable.

El cinco de junio siguiente, se recibió en la Oficialía de Partes de la Sala Superior, oficio signado por la Secretaria General de Acuerdos de la Sala Responsable, mediante el cual remitió el medio de impugnación referido en el párrafo anterior.

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