Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-REC-0535-2018), 30-06-2018

Fecha30 Junio 2018
Número de expedienteSUP-REC-0535-2018
Tipo de procesoRecurso de reconsideración
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-rEC-535/2018

RECURSO de RECONSIDERACIÓN

EXPEDIENTE: SUP-rEC-535/2018

recurrente: JESÚS CARDONA MIRELES

AUTORIDAD RESPONSABLE: sALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN MONTERREY, NUEVO LEÓN

MAGISTRADA PONENTE: JANINE M. OTÁLORA MALASSIS

SECRETARIo: JUAN SOLÍS CASTRO

Ciudad de México, a treinta de junio de dos mil dieciocho.

VISTOS, para resolver, los autos del expediente SUP-REC-535/2018, formado con motivo del recurso de reconsideración interpuesto por Jesús Cardona Mireles, contra la sentencia emitida por la Sala Regional de la Segunda Circunscripción Plurinominal, con sede en Monterrey, Nuevo León, recaída en el expediente del juicio SM-JDC-576/2018.

I. RESULTANDO

1. Diputados electos para el periodo 2015-2018 en el estado de San Luis Potosí. El once de septiembre de dos mil quince, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí emitió la declaratoria de validez de la elección de diputados por ambos principios para el periodo 2015-2018, conforme a la cual, el promovente fue electo como diputado por representación proporcional postulado por MORENA.

2. Inicio de proceso electoral local. El primero de septiembre de dos mil diecisiete inició el proceso electoral local 2017-2018, para elección de diputaciones y ayuntamientos en el estado de San Luis Potosí.

3. Convocatoria al proceso de selección de candidatos. El diecinueve de noviembre, el Comité Ejecutivo Nacional de Morena emitió la convocatoria al proceso de selección de candidatos y candidatas para ser postulados en los procesos electorales federal y locales 2017-2018.

4. Petición del recurrente. El diez de febrero, el ahora promovente presentó un escrito dirigido a la Comisión Nacional de Elecciones de Morena, solicitando que MORENA instrumentara los mecanismos necesarios para tener la oportunidad de ser candidato a diputado local por el principio de representación proporcional.

5. Solicitud y aprobación de registro de candidatos. Durante el periodo comprendido del veintiuno al veintisiete de marzo, el partido político MORENA solicitó ante el Consejo Electoral local el registro de candidaturas a diputaciones por el principio de representación proporcional, sin que el actor fuere incluido en dicha solicitud.

El veinte de abril siguiente, el Pleno del citado Consejo declaró procedente el registro de las mencionadas candidaturas y, el doce de junio posterior, se publicó el listado correspondiente en el Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí.

6. Juicio ciudadano federal. El...

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