Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSRE-PSL-0042-2018), 21-06-2018

Número de expedienteSRE-PSL-0042-2018
Fecha21 Junio 2018
Tipo de procesoProcedimiento especial sancionador del Órgano Local del Instituto Nacional Electoral
EmisorSala Regional Especializada (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONAD
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR
EXPEDIENTE: SRE-PSL-42/2018
PROMOVENTES:

MORENA y otros

INVOLUCRADA:

Hortencia Figueroa Peralta, entonces aspirante a una candidatura a Senadora de Morelos

MAGISTRADA:

Gabriela Villafuerte Coello

SECRETARIA:

Laura Patricia Jiménez Castillo

COLABORÓ:

Nayeli Marisol Avila Cervantes

Ciudad de México, a veintiuno de junio de dos mil dieciocho.

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta la siguiente SENTENCIA:

A N T E C E D E N T E S

I. Elecciones 2017-2018.

1. 1. Proceso electoral federal. El ocho de septiembre de dos mil diecisiete inició el proceso para renovar el Congreso de la Unión (diputaciones federales y senadurías), así como la Presidencia de la República.

- Precampaña: Del catorce de diciembre de dos mil diecisiete al once de febrero de dos mil dieciocho1.

- Campaña: Del treinta de marzo al veintisiete de junio de dos mil dieciocho.

- Jornada Electoral: Primero de julio de dos mil dieciocho2.

1 Las fechas que se mencionen corresponden a este año, salvo manifestación expresa.

2 A partir de 2015 la celebración de elecciones federales y locales será el primer domingo de junio del año que corresponda, salvo en 2018 que serán el primer domingo de julio. Segundo transitorio numeral 8, fracción II, inciso a) del DECRETO publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 10 de febrero de 2014.

2. 2. Proceso local. Hay elecciones coincidentes en la mayoría de las entidades que integran el país, entre ellas Morelos; donde se concursarán los siguientes cargos:

Inicio del proceso

Ocho de septiembre de dos mil diecisiete.

Precampaña

Gubernatura

Del tres de enero al once de febrero.

Diputaciones y ayuntamientos

Del trece de enero al once de febrero.

Campaña

Gubernatura Del veintinueve de abril al veintisiete de junio.

Diputaciones y ayuntamientos

Del catorce de mayo al veintisiete de junio.

3. 3. Registro de candidaturas a las senadurías de la República. El veintinueve de marzo, el Consejo General del INE aprobó los registros de candidaturas a las senadurías del Congreso de la Unión; registró a Hortencia Figueroa Peralta como candidata a senadora por el principio de Mayoría Relativa, en Morelos, postulada por el Partido de la Revolución Democrática3.

3 En lo siguiente PRD.

II. Sustanciación del procedimiento.

4. 1. Denuncia. El dieciocho de mayo, los representantes de los partidos políticos MORENA, del Trabajo4 y Encuentro Social5 denunciaron a Hortencia Figueroa Peralta porque el once de marzo (en un evento) tomó protesta como candidata del PRD a la senaduría de Morelos y se promocionó (en Internet y redes sociales) con dicha calidad durante la intercampaña electoral; lo que desde su perspectiva, constituye actos anticipados de campaña.

4 En lo siguiente PT.

5 En adelante ES.

5. 2. Registro e investigación preliminar. El veinte de mayo, la Junta Ejecutiva Local del Instituto Nacional Electoral6 en Morelos, registró la denuncia7 y ordenó diligencias de investigación.

6 En adelante INE.

7 Con la clave JL/PE/MORENA/JL/MOR/PEF/2/2018.

6. 3. Admisión, emplazamiento y audiencia. El dos de junio, la autoridad instructora admitió la queja y emplazó a las partes, para que comparecieran a la audiencia de pruebas y alegatos, la cual se llevó a cabo el siete siguiente.

7. 4. Trámite en la Sala Especializada. Una vez que se recibió el expediente y se revisó su integración, el diecinueve de junio, la Magistrada Presidenta por Ministerio de Ley, le asignó la clave SRE-PSL-42/2018, lo turnó a la ponencia a su cargo, en su oportunidad lo radicó y se procedió a la elaborar la sentencia correspondiente.

C O N S I D E R A C I O N E S

8. PRIMERA. Competencia. Esta Sala Especializada es competente (tiene facultad) para resolver el procedimiento especial sancionador, porque se denunció la supuesta realización de actos anticipados de campaña toda vez que Hortencia Figueroa Peralta asistió a un evento del PRD donde tomó protesta como candidata a Senadora; y se promocionó (como candidata) en sus redes sociales (Facebook y Twitter), en la intercampaña federal8.

8 Artículos 41, base III; 99, párrafo cuarto, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal); 186, fracción III, inciso h), 192 y 195, último párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; así como 470, párrafo 1, inciso c), 476 y 477 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Ley General).

9. Sirve de apoyo la Jurisprudencia 6/2016 de rubro: "COMPETENCIA. EL CONOCIMIENTO DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA O CAMPAÑA, SE DETERMINA POR SU VINCULACIÓN AL PROCESO ELECTORAL QUE SE ADUCE LESIONADO", por tratarse de una conducta que se vinculó al proceso electoral federal.

SEGUNDA. Denuncia y defensas.

10. Los promoventes afirmaron:

- El once de marzo, el PRD y Partido Socialdemocrata de Morelos, realizaron un evento (público y masivo)en el World Trade Center de dicha entidad.

- El Presidente Nacional del PRD tomó protesta a las candidatas y candidatos de distintos cargos de elección popular; entre ellos, a Hortencia Figueroa Peralta, como candidata a senadora de mayoría relativa en dicha entidad.

- Así, se promovió como candidata durante la intercampaña con la finalidad de obtener beneficios electorales.

- Lo anterior, se difundió en diversos medios de comunicación en Internet; así como, en las redes sociales Facebook y Twitter de Hortencia Figueroa Peralta.

11. Hortencia Figueroa Peralta, se defendió:

- Acudió el once de marzo al Centro de Convenciones Morelos; donde el presidente del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PRD les tomó protesta a las candidatas y candidatos a los diversos cargos de elección, postulados por dicho partido en Morelos.

- En el evento agradeció la presencia de sus compañeras y compañeros candidatos, del Presidente del CEN del PRD y demás integrantes de la dirigencia nacional; señaló que la fortaleza del PRD radica en extender la mano a jóvenes y mujeres; su compromiso es enfrentar el proceso de manera propositiva, sin descalificar o denostar; que el proyecto lo encabezó Rodrigo Gayosso y que irían a tocar la puerta de jóvenes, adultos mayores, personas con discapacidad, productores del campo y maestros, para consolidar una sociedad de derechos.

- No expuso, ni atacó propuestas de opciones políticas; no llamó al voto.

- El hecho de acudir al evento de toma de protesta y hacer uso de la palabra, no es acto anticipado de campaña.

- No promocionó su persona e imagen con la finalidad de posicionarse ante el electorado.

TERCERA. Cuestión a resolver9.

9 Los promoventes adujeron que se promocionaba a todas y todos los candidatos del PRD que tomaron protesta en el...

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