Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSDF-JE-0009-2017)
Número de expediente | SDF-JE-0009-2017 |
Emisor | Sala Regional Distrito Federal (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Juicio electoral |
JUICIO ELECTORAL EXPEDIENTE: SDF-JE-9/2017 ACTOR: AYUNTAMIENTO DE TEPEYAHUALCO DE CUAUHTÉMOC, PUEBLA AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA MAGISTRADO PONENTE: ARMANDO I. MAITRET HERNÁNDEZ SECRETARIA: FANNY ESCALONA PORCAYO |
Ciudad de México, siete de abril de dos mil diecisiete.
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de esta fecha, resuelve el juicio identificado al rubro, en el sentido de desechar de plano la demanda.
GLOSARIO
Actor o Ayuntamiento | Ayuntamiento de Tepeyahualco de Cuauhtémoc, Puebla |
Autoridad o Tribunal responsable | Tribunal Electoral del Estado de Puebla |
Ley de Medios | Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Recurso de apelación local | Recurso de apelación previsto en el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla |
Sentencia impugnada | Sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla el veintidós de febrero de dos mil diecisiete en el expediente TEEP-A-030/2016. |
ANTECEDENTES
De lo narrado por el actor y de las constancias que integran el expediente, se desprende lo siguiente:
I. Juicio local. El catorce de junio de dos mil dieciséis, Deassy Medrano Rodríguez promovió recurso de apelación local, a fin de controvertir la omisión de pago de diversas remuneraciones inherentes al desempeño de su cargo de Regidora en el Ayuntamiento de Tepeyahualco de Cuauhtémoc, Puebla y la negativa a desarrollar las funciones para las que fue electa para el periodo 2014-2018. Lo anterior, al considerar vulnerado su derecho de ser votada en la vertiente de desempeño del cargo.
Dicho medio de impugnación se radicó ante la autoridad responsable con el número TEEP-A-030/2016.
II. Sentencia impugnada. El veintidós de febrero de dos mil diecisiete, el Tribunal responsable emitió sentencia en el recurso de apelación local, en el sentido de declarar fundados los agravios de la parte actora en la instancia primigenia y ordenar al Ayuntamiento el pago de las remuneraciones adeudadas y que la restituya en el acceso a los espacios y materiales para el debido ejercicio de sus funciones.
III. Juicio electoral.
1. Demanda. El veintiuno de marzo siguiente, el actor presentó un escrito ante el Tribunal responsable, mediante el cual se inconforma con lo ordenado en el recurso de apelación local.
2. Turno y radicación. Recibidas las constancias en esta Sala...
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