Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JDC-0819-2018), 2018

Número de expedienteSX-JDC-0819-2018
Fecha12 Septiembre 2018
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS
EmisorSala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SX-JDC-819/2018.

ACTOR: F.A. TREJO.

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS.

TERCEROS INTERESADOS: PARTIDOS ACCIÓN NACIONAL Y MORENA.

MAGISTRADO PONENTE: J.M.S.M..

SECRETARIA: L.H.R..

COLABORÓ. T.G.A..

Xalapa-Enríquez, V. de I. de la Llave, doce de septiembre de dos mil dieciocho.

SENTENCIA que resuelve el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por F.A. Trejo[19], quien se ostenta como candidato electo a P.M. de Solosuchiapa, Chiapas, postulado por el Partido Verde Ecologista de México, a fin de impugnar la sentencia de veinticuatro de agosto de dos mil dieciocho[20], emitida por el Tribunal Electoral de la referida entidad federativa[21], dentro del expediente TEECH/JNE-M/011/2018 y sus acumulados que, entre otras cuestiones, declaró la nulidad de la elección de dicho Ayuntamiento y revocó la declaración de validez de la misma y otorgamiento de la constancia de mayoría concedida a la planilla postulada por el mencionado instituto político

ÍNDICE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

ANTECEDENTES

I. El contexto

II. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Jurisdicción y competencia.

SEGUNDO. Requisitos de procedencia.

TERCERO. Terceros interesados.

CUARTO. Estudio de Fondo.

RESUELVE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

Esta S. Regional confirma la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas en el expediente TEECH/JNE-M/011/2018 y sus acumulados, al considerar infundado e inoperante los planteamientos realizados por el actor.

ANTECEDENTES

I. El contexto

  1. Jornada electoral. El primero de julio, se llevó a cabo la jornada electoral para elegir a los miembros de Ayuntamiento en el estado de Chiapas, entre ellos el de Solosuchiapa, Chiapas.
  2. Sesión del cómputo. El cuatro de julio, el Consejo Municipal Electoral de Solosuchiapa, Chiapas, celebró sesión de cómputo municipal de la votación para miembros del Ayuntamiento.
  3. Validez de la elección y entrega de constancia. Concluido el cómputo, se declaró la validez de la elección, la elegibilidad de los integrantes de la planilla postulada por el Partido Verde Ecologista de México, que obtuvo la mayoría de votos.
  4. Primeros juicios locales. El siete de julio, en contra de la referida declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez de la elección de miembros del Ayuntamiento de Solosuchiapa, Chiapas, los partidos políticos Podemos Mover a Chiapas, MORENA, Nueva Alianza y Acción Nacional presentaron escritos de demanda de juicio de nulidad electoral ante el respectivo Consejo Municipal electoral.
  5. Segundos juicios locales. El ocho de julio, el partido político MORENA presentó escrito promoviendo juicio de nulidad electoral y el Partido Acción Nacional presentó escrito promoviendo juicio de Inconformidad; ambos en contra de la referida declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez de la elección de miembros del Ayuntamiento de Solosuchiapa, Chiapas.
  6. Dichos juicios fueron radicados y acumulados al TEECH/JNE-M/011/2018, conforme a la siguiente tabla:

Expediente

Actor

Fecha de presentación

TEECH/JNE-M/011/2018

Podemos Mover a Chiapas

7-julio

TEECH/JNE-M/012/2018

MORENA

7-julio

TEECH/JNE-M/013/2018

Nueva Alianza

7-julio

TEECH/JNE-M/014/2018

Partido Acción Nacional

7-julio

TEECH/JNE-M/090/2018

MORENA

8-julio

TEECH/JI-M/0140/2018

Partido Acción Nacional

8-julio

  1. Comparecencia del actor como tercero interesado. El diez de julio, el hoy actor presentó escrito a fin de comparecer como tercero interesado.
  2. Resolución impugnada. El veinticuatro de agosto, el Tribunal Electoral Local, declaró la nulidad de la elección de dicho Ayuntamiento y revocó la declaración de validez de la misma y otorgamiento de la constancia de mayoría concedida a la planilla postulada por el mencionado instituto político.

Dicha resolución fue notificada al actor personalmente en su domicilio el veinticuatro de agosto[22].

II. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

  1. Demanda. El veintiocho de agosto, el actor promovió el presente juicio, ante el Tribunal Electoral Local, a fin de controvertir la determinación precisada en el parágrafo anterior.
  2. Recepción. El tres de septiembre, se recibió en la Oficialía de Partes de este órgano jurisdiccional, la demanda y demás constancias relativas al trámite del juicio.
  3. Turno. En la misma fecha, el Magistrado P. de este órgano jurisdiccional ordenó integrar el expediente identificado con la clave SX-JDC-819/2018, y turnarlo a la ponencia a cargo del Magistrado J.M.S.M., para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
  4. Recepción de escritos de terceros interesados. El cuatro de septiembre siguiente, se recibió en la Oficialía de Partes de este órgano jurisdiccional diversa documentación relacionada con el trámite del juicio entre ella, los escritos por medio de los cuales los partidos Acción Nacional, Chiapas Unido y MORENA comparecen como terceros interesados.
  5. R., admisión y cierre de instrucción. En su oportunidad, el Magistrado Instructor radicó, admitió y declaró cerrada la instrucción del medio de defensa.
CONSIDERANDO PRIMERO. Jurisdicción y competencia.
  1. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ejerce jurisdicción y esta S. Regional correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal es competente para conocer y resolver el presente asunto, por tratarse de un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por un ciudadano, a fin de impugnar la declaración de nulidad de la elección del Ayuntamiento de Solosuchiapa, Chiapas, y la revocación de la declaración de validez de la...

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