Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JDC-0835-2018), 2018

Número de expedienteSX-JDC-0835-2018
Fecha19 Septiembre 2018
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS
EmisorSala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO Y DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTES: SX-JDC-835/2018 SX-JDC-836/2018, SX-JRC-296/2018 Y SX-JRC-297/2018 ACUMULADOS

PARTE ACTORA: PEDRO DE LA CRUZ VILLALOBOS Y OTROS

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS

TERCERO INTERESADO: PARTIDO CHIAPAS UNIDO

MAGISTRADO PONENTE: E.F.Á.

SECRETARIO: J.A.T.Á.

COLABORARON: JESÚS ALBERTO HERNÁNDEZ JÁCOME Y BRIAN BIELMA GALLARDO

Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, a diecinueve de septiembre de dos mil dieciocho.

SENTENCIA mediante la cual se resuelven los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y de revisión constitucional electoral, promovidos por P. de la Cruz Villalobos, R.V.C., Partido Movimiento Ciudadano y Partido Mover a Chiapas.

Actores que impugnan la sentencia dictada el pasado veintinueve de agosto, por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas en el expediente TEECH/JNE-M/074/2018 y acumulados que, entre otras cuestiones, revocó la Constancia de mayoría y validez otorgada por el Consejo Municipal Electoral de Mazatán, Chiapas, a la planilla postulada por el partido Movimiento Ciudadano; efectuó la reconstrucción del cómputo municipal y declaró como ganadora de la elección a la planilla postulada por el Partido Chiapas Unido.

ÍNDICE

SUMARIO DE LA SENTENCIA

ANTECEDENTES

I. Contexto.

II. Juicios ciudadanos y de revisión constitucional electoral federales.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Jurisdicción y competencia.

SEGUNDO. Acumulación.

TERCERO. Requisitos de procedencia.

CUARTO. Tercero interesado.

QUINTO. Escrito de amicus curiae.

SEXTO. Estudio de fondo.

RESUELVE

SUMARIO DE LA SENTENCIA

Esta S.R. determina confirmar la resolución controvertida, en razón de que contrario a lo alegado por los actores, fue correcto que la responsable desestimara el computo municipal realizado por el Consejo Municipal de Mazatán, Chiapas, y con los elementos que tuvo a su alcance, en especial las copias al carbón de las actas de escrutinio y cómputo de la elección municipal, procediera a reconstruir el cómputo de la elección y declarara como ganadora de la misma a la planilla postulada por el Partido Chiapas Unido.

ANTECEDENTES I. Contexto.

De lo narrado por la parte actora en los respectivos escritos de demanda y de las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:

  1. Inicio del proceso electoral. El siete de octubre de dos mil diecisiete, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana llevó a cabo sesión en la que declaró el inicio del Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018
  2. Jornada Electoral. El primero de julio de la presente anualidad, se llevó a cabo la jornada electoral para elegir a miembros del Ayuntamiento de Mazatán, Chiapas
  3. Sesión de cómputo. El cuatro de julio posterior, el Consejo Municipal Electoral de Mazatán, Chiapas, celebró sesión de cómputo, misma que inició el cuatro de julio y concluyó el cinco posterior, en la cual se obtuvieron los siguientes resultados

VOTACIÓN FINAL OBTENIDA POR CANDIDATURAS

PARTIDO O COALICIÓN

CON NÚMERO

CON LETRA

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369

Trescientos sesenta y nueve

1,045

Un mil cuarenta y cinco

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52

Cincuenta y dos

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2,409

Dos mil cuatrocientos nueve

128

Ciento veintiocho

2,289

Dos mil doscientos ochenta y nueve

1,190

Mil ciento noventa

Candidaturas no registradas

5

cinco

Votos nulos

313

Trescientos trece

Votación total

8,599

Ocho mil quinientos noventa y nueve

  1. Juicio ciudadano local. El ocho y nueve de julio posterior, el F.J.M.E., R.V.C. y A.A.M., el primero de ellos en su calidad de representante propietario del Partido Movimiento Ciudadano y el segundo como candidato a P.M. por el citado partido, y el tercero de ellos como representante del partido Chiapas Unido, ante el Consejo Municipal Electoral de Mazatán, Chiapas, respectivamente, presentaron Juicios de Nulidad Electoral y para la Protección de los Derecho Político Electorales del Ciudadano, en contra de la elección de miembros del citado ayuntamiento.
  2. Sentencia impugnada. El veintinueve de agosto de dos mil dieciocho, el Tribunal Electoral local dictó sentencia dentro de los expedientes TECCH/JNE-M/074/2018 y sus acumulados TEECH/JDC/248/2018 y TECCH/JNE-M/111/2018, en la que, entre otras cuestiones, revocó la constancia de mayoría y validez otorgada a la planilla del partido Movimiento Ciudadano; efectuó la reconstrucción del cómputo municipal y declaró como ganadora de la elección a la planilla postulada por el Partido Chiapas Unido.
  3. Derivado de la referida reconstrucción la responsable obtuvo los resultados siguientes:

VOTACIÓN FINAL OBTENIDA POR CANDIDATURAS

PARTIDO O COALICIÓN

CON NÚMERO

CON LETRA

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613

Seiscientos trece

1,518

Un mil quinientos dieciocho

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75

Setenta y cinco

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2,430

Dos mil cuatrocientos treinta

171

Ciento setenta y uno

4,026

Cuatro mil veintiséis

...

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