Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-REC-0341-2019), 15-05-2019
Fecha | 15 Mayo 2019 |
Número de expediente | SUP-REC-0341-2019 |
Tribunal de Origen | SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ |
Tipo de proceso | Recurso de reconsideración |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
recursos de RECONSIDERACIÓN
EXPEDIENTEs: SUP-rEC-341/2019, SUP-REC-342/2019 ACUMULADOS
recurrenteS: GLADYS MIRNA ANTONIO GÓMEZ Y MARTIN CARRIZOSA MORELOS
AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ
MAGISTRADA PONENTE: MÓNICA ARALÍ SOTO FREGOSO
SECRETARIOS: ERNESTO SANTANA BRACAMONTES y RAMÓN CUAUHTÉMOC VEGA MORALES
COLABORÓ: MÓNICA ARCELIA GÜICHO GONZÁLEZ
Ciudad de México, a quince de mayo de dos mil diecinueve.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resuelve DESECHAR DE PLANO las demandas de los recursos de reconsideración SUP-REC-341/2019 y su acumulado SUP-REC-342/2019, interpuestos por la ciudadana Gladys Mirna Antonio Gómez y por el ciudadano Martin Carrizosa Morelos, respectivamente, en contra de la resolución emitida por la Sala Regional Xalapa en los expediente SX-JDC-112/2019 y SX-JDC-113/2019, en virtud de que no se satisface el presupuesto específico para la procedencia del recurso, al no subsistir cuestiones de constitucionalidad o convencionalidad que ameriten que esta Sala Superior lo estudie.
1. Proceso electoral.[1] El seis de septiembre de dos mil diecisiete, inició el proceso electoral ordinario en el que se eligieron entre otros cargos, a los concejales integrantes de los Ayuntamientos del Estado de Oaxaca que se rigen por el sistema de partidos políticos, entre ellos, San José Independencia Tuxtepec.
2. Registro de planilla.[2] El veinte de abril del dos mil dieciocho, en sesión extraordinaria el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, mediante Acuerdo IEEPCO-CG-32/2018, aprobó el registro de las planillas para la elección del Municipio de San José Independencia, Tuxtepec, Oaxaca.
3. Jornada Electoral. El uno de julio de dos mil dieciocho, se llevó a cabo la jornada electoral, etapa que culminó con la declaratoria de la validez de la elección, la entrega de las constancias de mayoría y validez[3] y de asignación[4] de concejales electos.
4. Autoridades electas para el periodo 2019-2021.[5] Derivado del proceso electoral ordinario, en el Ayuntamiento de San José Independencia, Tuxtepec, Oaxaca, resultaron electas y electos los concejales siguientes:
POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA |
|||||
Fórmula |
Propietario |
Suplente |
Pertenece a |
En caso electo |
Género |
|
AGAR CANCINO GÓMEZ |
GLADYS MIRNA ANTONIO GÓMEZ |
PRD |
PRD |
MUJER |
|
EDMUNDO MARIN MIRANDA |
MARTÍN CARRIZOSA MORELOS |
PRD |
PRD |
HOMBRE |
|
ANA LUISA ESPINA MIRANDA |
FRANCISCA BASILIO JULIANA |
PRD |
PRD |
MUJER |
|
CELERINO CAÑA ANTONIO |
LEONARDO LLANO CONTRERAS |
PRD |
PRD |
HOMBRE |
|
EPIFANIA PATRICIO PLASIDO |
ROSARIO GONZÁLEZ ESPINA |
PRD |
PRD |
MUJER |
POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL |
||||||
Fórmula |
Propietario |
Suplente |
Postulado por |
Pertenece a |
En caso electo |
Género |
|
ELIZABETH RAMIREZ MARTÍNEZ |
ARACELY MORALES SÁNCHEZ |
COALICIÓN PRI PVEM NA |
PRI |
PRI |
MUJER |
|
CLEMENTE JUAN MARCELINO |
COALICIÓN PRI PVEM NA |
PRI |
PRI |
HOMBRE |
5. Juicios ciudadanos locales. Ante la supuesta omisión de tomarles protesta, el catorce de febrero de dos mil diecinueve, Elizabeth Ramírez Martínez y Gabriel Centeno Martínez interpusieron juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, ante el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, los cuales fueron radicados con las claves de identificación JDC/26/2019 y JDC/28/2019.
6. Resolución del Tribunal Electoral Local. El veintinueve de marzo de la presente anualidad, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca dictó resolución dentro los juicios JDC/26/2019 y JDC/28/2019, en la que declaró fundado el agravio de la parte actora, respecto a la omisión de la Presidenta Municipal de San José Independencia, Tuxtepec, Oaxaca, de tomarles protesta como concejales electos y vinculó a los demás integrantes del referido Ayuntamiento para que llevaran a cabo la sesión de cabildo para la toma de protesta.
7. Juicios ante las Sala Regional. Inconformes con la resolución señalada en el punto anterior, el nueve de abril del año en curso, Martín Carrizosa Morelos y Gladys Mirna Antonio Gómez promovieron los juicios SX-JDC-112/2019 y SX-JDC-113/2019 ante la Sala Xalapa.
8. Acto impugnado. El veinticinco de abril de dos mil diecinueve, la Sala Xalapa emitió resolución en el sentido de acumular los juicios SX-JDC-112/2019 y SX-JDC-113/2019 y confirmó la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, dentro de los juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano locales JDC/26/2019 y JDC 28/2019.
9. Recursos de reconsideración. El treinta de abril de dos mil diecinueve, Gladys Mirna Antonio Gómez y Martín Carrizosa Morelos, por su propio derecho, interpusieron en lo individual, el recurso de reconsideración en contra de la resolución de la Sala Xalapa.
10. Trámite y turno. Recibidas las constancias, el magistrado presidente de esta Sala Superior turnó los recursos a la ponencia de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso para los efectos de los artículos 19 y 92 de la Ley de Medios.
11. Radicación y recepción de constancias. En su oportunidad, la Magistrada Instructora radicó los diversos medios de impugnación en su ponencia y tuvo por recibido diversas documentales relacionadas al trámite del medio de impugnación a que hace alusión el artículo 17 y 18 de la Ley General del Sistema de medios de Impugnación en Material Electoral.
RAZONES Y FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ejerce jurisdicción y la Sala Superior...
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