Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-0170-2020-Acuerdo3), 2020

Número de expedienteSCM-JDC-0170-2020
Fecha10 Diciembre 2020
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

ACUERDO PLENARIO 3

CUADERNO DE ANTECEDENTES 63/2020

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO (Y DE LA CIUDADANA)

EXPEDIENTES: SCM-JDC-170/2020 y SCM-JDC-171/2020

PARTE ACTORA:

B.S.P. Y OTRAS PERSONAS

AUTORIDAD RESPONSABLE:

TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS

PARTE TERCERA INTERESADA:

P.A.R.

MAGISTRADA:

MARÍA GUADALUPE SILVA ROJAS

SECRETARIADO:

S.D.E. CORREA Y R.I. DE LA TORRE

Ciudad de México, a 24 (veinticuatro) de diciembre de 2020 (dos mil veinte)[1].

La S. Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada realiza consulta de competencia a la S. Superior y remite el escrito recibido hoy por correo electrónico.

GLOSARIO

Juicio de la Ciudadanía

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (y de la ciudadana)

Juicio Local

Juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano (y de la ciudadana) con la clave TEEM/JDC/30/2020-1, del índice del Tribunal Electoral del Estado de M.

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Parte Actora del
JDC-170

B.S.P., E.C.A., A.M.B.M., J.E.P.M., E.G.M.L., S.A.R.A., J.M.P.M. y E.V.S.

Sentencia Local

Sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de M. en el juicio TEEM/JDC/30/2020-1, el 5 (cinco) de octubre

Sentencia Regional

Sentencia emitida por esta S. Regional en los juicios SCM-JDC-170/2020 y SCM-JDC-171/2020, el 10 (diez) de diciembre

Tribunal Local

Tribunal Electoral del Estado de M.

ANTECEDENTES

1. Asamblea de Remoción. El 23 (veintitrés) de julio, la asamblea general de Hueyapan aceptó la renuncia de la Parte Actora del JDC-170[2] como concejales y concejalas del municipio de Hueyapan, M..

2. Juicio Local

2.1. Demanda. El 4 (cuatro) de agosto, la Parte Actora del
JDC-170 presentó Juicio de la Ciudadanía local, para controvertir las acciones tomadas en la asamblea referida y por supuesta violencia de la que afirman haber sido víctimas; con ella el Tribunal Local integró el expediente TEEM/JDC/30/2020-1.

2.2. Sentencia Local. El 5 (cinco) de octubre, el Tribunal Local resolvió el Juicio Local en que declaró infundados e inoperantes los agravios relacionados con supuestos actos de violencia política y violencia política por razón de género, así como la afectación del ejercicio del cargo, por -entre otras cuestiones- la renuncia de la Parte Actora del JDC-170[3] como concejales y concejalas del Municipio.

3. Juicios de la Ciudadanía

3.1. Demandas. Contra la Sentencia Local fueron presentadas
2 (dos) demandas, con las que en esta S. Regional se integraron los juicios SCM-JDC-170/2020 y SCM-JDC-171/2020.

3.2. Sentencia Regional. El 10 (diez) de diciembre, esta S. Regional resolvió los Juicios de la Ciudadanía referidos, en el sentido de revocar parcialmente la Sentencia Local, al considerar
-esencialmente- que el Tribunal Local debió haber llamado a juicio a algunas autoridades de la comunidad de Hueyapan, y por ello le ordenó que emitiera una nueva sentencia -previo llamamiento a juicio de dichas autoridades- en que resolviera la controversia planteada originalmente a fin de determinar si quienes acudieron a juicio ante dicha instancia tenían razón o no.

3.3. Impugnación contra la Sentencia Regional. El 15 (quince) de diciembre, la Parte Actora del JDC-170 promovió un recurso de reconsideración contra la Sentencia Regional, el cual se encuentra registrado en la S. Superior con la clave
SUP-REC-338/2020.

3.4. Cuaderno de antecedentes. Dado que los expedientes fueron remitidos a la S. Superior con motivo del recurso de reconsideración interpuesto contra la Sentencia Regional (con el que se integró el SUP-REC-338/2020), en esta S. Regional se formó el cuaderno de antecedentes 63/2020, integrado con los documentos que presentó el magistrado presidente del Tribunal Local en cumplimiento a la Sentencia Regional.

3.5....

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