Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-0021-2021), 11-02-2021

Número de expedienteSCM-JDC-0021-2021
Fecha11 Febrero 2021
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenCONSEJO ESTATAL ELECTORAL DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

logo_simbolo--Nuevo.jpgJUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS

DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SCM-JDC-21/2021

ACTOR: J. CRISTÓBAL LAZCANO RÍOS.

AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO ESTATAL ELECTORAL DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

MAGISTRADO: JOSÉ LUIS CEBALLOS DAZA.

SECRETARIA: BERTHA LETICIA ROSETTE SOLÍS.[1]

Ciudad de México, once de febrero de dos mil veintiuno.[2]

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de esta fecha, resuelve revocar en lo que fue materia de impugnación, la resolución controvertida; y en plenitud de jurisdicción, se determina que es fundada la pretensión del actor de que le sea reconocida su calidad de aspirante a candidato independiente a la presidencia municipal del Ayuntamiento de Cuautla, Morelos, con base en lo siguiente.

Contenido

GLOSARIO

ANTECEDENTES

I. Proceso de selección de candidaturas independientes para integración de Ayuntamientos.

II. Juicio local.

III. Modificación de plazos para la entrega de documentación llevada a cabo por el IMPEPAC (a partir de lo resuelto por esta Sala Regional en el juicio SCM-JDC-225/2020).

IV. Recurso de revisión ante el IMPEPAC.

RAZONES Y FUNDAMENTOS

PRIMERO. Jurisdicción y competencia.

SEGUNDO. Precisión del acto impugnado y autoridad responsable.

TERCERO. Procedencia del per saltum o salto de la instancia.

CUARTO. Requisitos de Procedencia.

QUINTO. Cuestión previa.

SEXTO. Estudio de fondo.

A. Síntesis de la resolución impugnada.

B. Síntesis de agravios.

C. Estudio de agravios.

D. Estudio en plenitud de jurisdicción sobre el cumplimiento del requisito consistente en la entrega de la documentación relacionada con la cuenta bancaria….

E. Efectos..

RESUELVE

GLOSARIO

Actor y/o parte actora

J. Cristóbal Lazcano Ríos.

Acto impugnado

Resolución dictada por el Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, el veintinueve de diciembre de dos mil veinte en el recurso de revisión IMPEPAC/REV/003/2020.

Acuerdo IMPEPAC/CME-CUAUTLA/003/2020 y/o acuerdo primigeniamente controvertido

Emitido por el Consejo Municipal Electoral de Cuautla, Morelos, por el que negó otorgar al actor la calidad de aspirante a la candidatura independiente a la presidencia municipal del Ayuntamiento de Cuautla, Morelos por no cumplir con el requisito relativo a la cuenta bancaria en el tiempo en que le fue requerido.

Acuerdo 239

Acuerdo IMPEPAC/CEE/239/2020, relativo a las adecuaciones a las fechas establecidas en la convocatoria dirigida a la ciudadanía interesada en postularse a candidaturas independientes para los cargos de diputaciones locales por el principio de mayoría relativa e integrantes de los ayuntamientos, así como los lineamientos para su registro.

Acuerdo 291

Acuerdo IMPEPAC/CEE/291/2020, relativo a las solicitudes de prórroga presentadas por aspirantes a candidaturas independientes a los cargos de diputaciones de mayoría relativa y ayuntamientos de Morelos, para el proceso electoral local 2020-2021, entre las cuales se encontraba la solicitud de prórroga realizada por el actor.

Acuerdo 335

Acuerdo IMPEPAC/CEE/335/2020, emitido en cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SCM-JDC-225/2020, por el que, entre otras cuestiones, se dejó sin efectos el acuerdo IMPEPAC/CME-CUAUTLA/003/2020 que había negado al actor su calidad de aspirante a la candidatura independiente a la presidencia municipal del Ayuntamiento de Cuautla, Morelos.

Autoridad responsable

Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana.

Ayuntamiento

Cuautla, Morelos.

Código local

Código de Instituciones y Procedimientos Electoral del Estado de Morelos.

Consejo Municipal

Consejo Municipal Electoral de Cuautla, Morelos, del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana.

Constitución Federal

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Convocatoria

Convocatoria dirigida a la ciudadanía interesada en participar para postularse como candidatas y candidatos independientes a los cargos diputaciones locales por mayoría relativa, e integrantes de los ayuntamientos de Morelos, aprobada por el Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana mediante acuerdo IMPEPAC/CEE/163/2020.

Instituto local y/o IMPEPAC

Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana.

Juicio de la Ciudadanía

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (y ciudadana).

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Reglamento

Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Sala Superior

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

SAT

Servicio de Administración Tributaria

ANTECEDENTES

De los hechos narrados en la demanda, así como de las constancias del expediente, se advierte lo siguiente.

I. Proceso de selección de candidaturas independientes para integración de Ayuntamientos.

  1. Convocatoria. El doce de septiembre del año pasado, el Consejo Estatal Electoral del IMPEPAC aprobó la Convocatoria.

2. Manifestación de...

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